Puede usar esta formulario si los siguientes factores corresponden a su situación:
- Existe una tutela y/o curatela por orden judicial para una persona discapacitada o protegida (también conocida como "el pupilo") en un estado de los Estados Unidos que no es Arizona
- El pupilo se encuentra actualmente en Arizona o muy pronto estará reubicándose a Arizona.
- Usted quiere transferir el caso de tutela y/o curatela existente a Arizona en lugar de iniciar un nuevo caso aquí.*
*NOTA: Usted puede hacer los tramites para transferir o para iniciar un nuevo caso en Arizona, pero observe que el transferir una tutela y/o curatela requiere TODO lo siguiente:
1. Pedir al tribunal del estado de donde se esta enviando el caso que de permiso a Arizona de aceptarlo
2. Pedir al tribunal en Arizona que emita una orden provisional (temporal o condicional) aceptando el caso
3. Presentar la orden del tribunal de Arizona que acepta el caso de manera provisional al tribunal del estado que lo envía y solicitar el permiso final para realizar la transferencia
4. Presentar ante el tribunal de Arizona el permiso final para transferir el caso del estado que envia y solicitar una orden final en la que Arizona acepta la transferencia; y
5. Presentar la orden final de Arizona donde acepta la transferencia del caso ante el tribunal del estado que lo envía, junto con una petición para dar por terminado el caso en ese estado.
Sepa también que, al aceptarse una transferencia, no se requiere informe del investigador o del medico, ya que el tribunal que recibe acepta la determinación de incapacidad y necesidad de protección emitida por el tribunal de donde proviene la orden.