In the fall of 2024, the Arizona Department of Child Safety (DCS) mailed letters to parents who once had an open dependecy and/or severance case.
Did you receive a letter? Visit the DCS letter page for more information.
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Por lo general, se considera inquilino a una persona que ha pagado alquiler o ha aceptado pagar alquiler a cambio de vivir en cierto lugar.
Usted puede desalojar a una visita de su casa, aunque no sea un inquilino.
Si alguien que no es un inquilino se encuentra en su vivienda y se niega a marcharse, por ejemplo, un amigo que usted ha dejado que se quede un tiempo, un familiar o expareja, sea quien sea, usted debe entregarle un aviso de desalojo con cinco días de anticipación. Si la persona no se marcha dentro del plazo especificado, usted podrá presentar una acción de desalojo ante el tribunal.
Aunque no se debe utilizar el proceso de las órdenes de alejamiento como una manera de desalojar a las visitas no deseadas, si su visita es violenta, le amenaza y le maltrata, es posible que usted pueda obtener una orden de protección. Puede llenar los formularios enAZPoint.
La información que se ofrece en el presente sitio web se proporciona como servicio público y no sustituye el asesoramiento legal ni incluye todos los temas. Si usted no entiende algo o si no está seguro si estos videos, hojas de información legal, preguntas frecuentes, formularios o instrucciones se aplican a su situación, consulte con un abogado. Para obtener más información diríjase a: www.azcourts.gov/desalojo.
El Tribunal Supremo no asume ninguna responsabilidad ni acepta responsabilidad por las acciones emprendidas por los usuarios de estos recursos legales, incluyendo la confianza puesta en el contenido de los mismos.